EL PURGATORIO DEL TRANSITORIO

Columna publicada en el periódico La Tarde el 30 de septiembre de 2011

El purgatorio del transitorio

CARLOS ANDRÉS ECHEVERRY RESTREPO

A través de Resolución No. 18 del 26 de Septiembre de 2011, el Consejo Académico de la Universidad Tecnológica de Pereira adoptó unas “medidas para la normalización de actividades académicas en la Universidad” con el fin de contrarrestar los efectos que, sobre la normalidad académica, ha generado el denominado ‘paro de estudiantes’ en el alma mater.

En primer lugar, el Consejo Académico recomienda la “suspensión preventiva” de los contratos de los docentes catedráticos y transitorios, sin embargo, la ‘recomendación’ pierde su naturaleza de inocua sugerencia por cuanto fija una fecha límite para iniciar la suspensión de los mismos, esto es, la redacción del artículo 2 de la Resolución 018 de 2011 permite advertir la naturaleza de directriz de obligatorio cumplimiento y no de simple ‘recomendación’. Por otro lado, el artículo 3 también incorpora un claro mandato que no gravita en un ejercicio de simple recomendación, aquí se estipula que la reactivación de los contratos sólo dependerá de la llamada “evolución del llamado a clases”, esto es, el Consejo Académico no sólo determina cuál será el futuro inmediato de la contratación de profesores, sino que también estipula las condiciones que deben darse para ‘normalizar’ ese vínculo contractual.

Dos cosas son cuestionables de la actuación del Consejo Académico, la primera que desconoce el procedimiento legal que sustenta una suspensión temporal del contrato de trabajo de los docentes ocasionales y catedráticos y, la segunda, que no cuenta con competencia para pronunciarse sobre ese tema, por cuanto es una función exclusiva del rector según el Estatuto General de la UTP.

La situación acaecida en la Universidad Tecnológica de Pereira con los profesores ocasionales y catedráticos da cuenta del abuso de la posición dominante de los órganos de Gobierno de la Universidad como el Consejo Académico, el cual no observa sus funciones listadas en el Estatuto General pronunciándose sobre un tema –contratación docente- sobre el cual carece de competencia. No sobra advertir que la única forma de resistir abusos frente a los derechos laborales de los profesores transitorios pasa por la aceptación de la fragilidad de su vínculo contractual (el cual cada semestre debe ser renovado por la negligencia de la Universidad en no abrir más plazas para docentes de carrera), y por la organización formal con el fin de negociar colectivamente la dignificación de su ejercicio laboral.

Mientras se siga fragmentando el movimiento docente bajo amenazas de no renovar los contratos, o de suspenderlos por causas previsibles y resistibles por las autoridades universitarias pero ajenas a la voluntad del profesor, no podremos hablar de la consolidación de caros principios del Estado Social de Derecho como la dignidad, la igualdad, la autonomía universitaria o la libertad de cátedra.

La coyuntura está servida, ahora resta que el sentimiento de inconformidad -entre murmullos generalizado en el cuerpo docente de la universidad- se convierta en una valiosa oportunidad para generar una nueva organización profesoral que defienda, en forma vehemente y sustentada en el ordenamiento jurídico, sus derechos, su estabilidad laboral y la pervivencia de la educación pública.

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Invito a todos los ciudadanos, en especial a las ONG ambientales, a participar en una marcha que se llevará a cabo el 03 de octubre a las 8:00 am con salida desde El Placer (al frente del Marceliano Ossa) hasta el relleno sanitario La Glorita con el fin de manifestar inconformidad con el manejo insostenible que se hace del relleno.

Concepto Jurídico en PDF. Descargar.

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