PRESENTACIÓN

“Si los pueblos no se ilustran, si no se vulgarizan sus derechos, si cada hombre no conoce lo que vale, lo que puede y lo que sabe, nuevas ilusiones sucederán a las antiguas y después de vacilar algún tiempo entre mil incertidumbres, será tal vez nuestra suerte, mudar de tiranos, sin destruir la tiranía”. (Mariano Moreno)


LECTURAS VARIAS PARA PROVOCAR Y ACOMPAÑAR REFLEXIONES ACERCA DEL SER HUMANO, EL ESTADO Y LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA EN EL ESTADO SOCIAL DE DERECHO.

El propósito de este documento es acompañar un ejercicio académico de motivar al estudio de la Constitución Política.

Para ello iniciamos indicando y recreando unos conceptos como los que aquí reproducimos de Albert Einstein y de Mijaíl Bakunin, el primero como referente para pensar reflexivamente acerca de la naturaleza humana dado el supuesto que entender y comprender la esencia del ser humano es fundamental para entender los derechos de cuya realización y protección debe ocuparse esa realidad social, política, denominada ESTADO.

Independiente de las concepciones del mundo que tenga quien haga este ejercicio encontrará una oportunidad de recrear su propia concepción y comprender la complejidad del tema constitucional desde la relación SER HUMANO – ESTADO – CONSTITUCIÓN.

Provocado como es de esperar quede quien haga reflexivamente las dos primeras lecturas, puede ahora de manera “prevenida”, crítica, acercarse a las comprensiones que del ser humano, del Estado y de la Constitución quedaron expresadas de manera directa o no, explicita o tácitamente, en los contenidos del escrito acerca del sentido de la carta de derechos que acompañó el proyecto de acto reformatorio de la constitución política de Colombia como fue presentado en febrero de 1991 por la Presidencia de la República.

  1. PARA INICIAR EL EJERCICIO EXITANDO LAS NEURONAS

PRIMER SUPUESTO: COMO SER HUMANO, CIUDADANO O NO, QUE SE ENCUENTRA DOMICILIADO O RESIDENTE EN ESTE PAIS Y QUE LLEVA  O NO LA CONDICIÓN DE COLOMBIANO, ES EL DESTINATORIO DEL PODER CONSTITUCIONALMENTE NORMATIZADO, REGULADO.

UN SEGUNDO SUPUESTO: LA CONSTITUCIÓN DEL ESTADO SOCIAL DE DERECHO NO HA SIDO PENSADA NI SE CONCIBE PARA EL ESTADO  Y SU EXPRESIÓN COMO GOBIERNO, SINO QUE ESTÁ CONCEBIDA PARA LA SOCIEDAD Y LOS SERES HUMANOS QUE LA CONFORMAN.

LA INVITACIÓN ES ENTONCES A QUE PENSEMOS Y SINTAMOS ESA CONDICIÓN HUMANA E INTENTEMOS RESPONDER ENTRE OTRAS QUE SE PUEDEN OCURRIR A LA PREGUNTA: ¿QUÉ SIGNIFICA UN ORDEN CONSTITUCIONAL, UN ORDEN NORMATIVO SUPERIOR, PARA MI PROPIO SER?

NO SE TRATA, CON UN EJERCICIO COMO EL AQUÍ PROPUESTO, DE LLEGAR A UN “CONCEPTO” ÚNICO, ABSOLUTO PERO SI A TENER UNAS NOCIONES QUE PODAMOS EXPONER CON FUNDAMENTOS.

LECTURA 1.

Texto de Einstein

El hombre es, a la vez, un ser solitario y un ser social. Como ser solitario, procura proteger su propia existencia y la de los que estén más cercanos a él, para satisfacer sus deseos personales, y para desarrollar sus capacidades naturales. Como ser social, intenta ganar el reconocimiento y el afecto de sus compañeros humanos, para compartir sus placeres, para confortarlos en sus dolores, y para mejorar sus condiciones de vida. Solamente la existencia de éstos diferentes, y frecuentemente contradictorios objetivos por el carácter especial del hombre, y su combinación específica determina el grado con el cual un individuo puede alcanzar un equilibrio interno y puede contribuir al bienestar de la sociedad. Es muy posible que la fuerza relativa de estas dos pulsiones esté, en lo fundamental, fijada hereditariamente. Pero la personalidad que finalmente emerge está determinada en gran parte por el ambiente en el cual un hombre se encuentra durante su desarrollo, por la estructura de la sociedad en la que crece, por la tradición de esa sociedad, y por su valoración de los tipos particulares de comportamiento. El concepto abstracto «sociedad» significa para el ser humano individual la suma total de sus relaciones directas e indirectas con sus contemporáneos y con todas las personas de generaciones anteriores. El individuo puede pensar, sentirse, esforzarse, y trabajar por si mismo; pero él depende tanto de la sociedad -en su existencia física, intelectual, y emocional- que es imposible concebirlo, o entenderlo, fuera del marco de la sociedad. Es la «sociedad» la que provee al hombre de alimento, hogar, herramientas de trabajo, lenguaje, formas de pensamiento, y la mayoría del contenido de su pensamiento; su vida es posible por el trabajo y las realizaciones de los muchos millones en el pasado y en el presente que se ocultan detrás de la pequeña palabra «sociedad».

Es evidente, por lo tanto, que la dependencia del individuo de la sociedad es un hecho que no puede ser suprimido — exactamente como en el caso de las hormigas y de las abejas. Sin embargo, mientras que la vida de las hormigas y de las abejas está fijada con rigidez en el más pequeño detalle, los instintos hereditarios, el patrón social y las correlaciones de los seres humanos son muy susceptibles de cambio. La memoria, la capacidad de hacer combinaciones, el regalo de la comunicación oral ha hecho posible progresos entre los seres humanos que son dictados por necesidades biológicas. Tales progresos se manifiestan en tradiciones, instituciones, y organizaciones; en la literatura; en las realizaciones científicas e ingenieriles; en las obras de arte. Esto explica que, en cierto sentido, el hombre puede influir en su vida y que puede jugar un papel en este proceso el pensamiento consciente y los deseos.

El hombre adquiere en el nacimiento, de forma hereditaria, una constitución biológica que debemos considerar fija e inalterable, incluyendo los impulsos naturales que son característicos de la especie humana. Además, durante su vida, adquiere una constitución cultural que adopta de la sociedad con la comunicación y a través de muchas otras clases de influencia. Es esta constitución cultural la que, con el paso del tiempo, puede cambiar y la que determina en un grado muy importante la relación entre el individuo y la sociedad como la antropología moderna nos ha enseñado, con la investigación comparativa de las llamadas culturas primitivas, que el comportamiento social de seres humanos puede diferenciar grandemente, dependiendo de patrones culturales que prevalecen y de los tipos de organización que predominan en la sociedad. Es en esto en lo que los que se están esforzando en mejorar la suerte del hombre pueden basar sus esperanzas: los seres humanos no están condenados, por su constitución biológica, a aniquilarse o a estar a la merced de un destino cruel, infligido por ellos mismos.

En Monthly Review, Nueva York, mayo de 1949.

LECTURA 2.

UN TEXTO DE BAKUNIN

Está en la naturaleza del Estado el presentarse tanto con relación a sí mismo como frente a sus súbditos, como el objeto absoluto. Servir a su prosperidad, a su grandeza, a su poder, esa es la virtud suprema del patriotismo. El Estado no reconoce otra, todo lo que le sirve es bueno, todo lo que es contrario a sus intereses es declarado criminal; tal es la moral de los Estados.

Es por eso que la moral política ha sido en todo tiempo, no sólo extraña, sino absolutamente contraria a la moral humana. Esa contradicción es una consecuencia inevitable de su principio: no siendo el Estado más que una parte, se coloca y se impone como el todo; ignora el derecho de todo lo que, no siendo él mismo, se encuentra fuera de él, y cuando puede, sin peligro, lo viola. El Estado es la negación de la humanidad.

¿Hay un derecho humano y una moral humana absolutos? En el tiempo que corre y viendo todo lo que pasa y se hace en Europa hoy , está uno forzado a plantearse esta cuestión. Primeramente; ¿existe lo absoluto, y no es todo relativo en este mundo? Respecto de la moral y del derecho: lo que se llamaba ayer derecho ya no lo es hoy, y lo que parece moral en China puede no ser considerado tal en Europa. Desde este punto de vista cada país, cada época no deberían ser juzgados más que desde el punto de vista de las opiniones contemporáneas y locales, y entonces no habría ni derecho humano universal ni moral humana absoluta.

De este modo, después de haber soñado lo uno y lo otro, después de haber sido metafísicos o cristianos, vueltos hoy positivistas, deberíamos renunciar a ese sueño magnífico para volver a caer en las estrecheces morales de la antigüedad, que ignoran el nombre mismo de la humanidad, hasta el punto de que todos los dioses no fueron más que dioses exclusivamente nacionales y accesibles sólo a los cultos privilegiados.

Pero hoy que el cielo se ha vuelto un desierto y que todos los dioses, incluso naturalmente, el Jehová de los judíos, se hallan destronados, hoy sería eso poco todavía: volveríamos a caer en el materialismo craso y brutal de Bismarck, de Thiers y de Federico II, de acuerdo a los cuales dios está siempre de parte de los grandes batallones, como dijo excelentemente este último; el único objeto digno de culto, el principio de toda moral, de todo derecho, sería la fuerza; esa es la verdadera religión del Estado.

La Revolución por Decretos está Condenada al Fracaso. Frente a las ideas de los comunistas autoritarios -ideas falaces, en mi opinión- de que la Revolución Social puede ser decretada y organizada por medio de una dictadura o de una Asamblea Constituyente, nuestros amigos, los socialistas parisinos, sostienen que la revolución sólo puede ser emprendida y llevada a su pleno desarrollo a través de la acción masiva continua y espontánea de grupos y asociaciones populares.

Nuestros amigos parisinos tienen mil veces razón. Porque, en realidad, no hay cerebro, por muy genial que sea, o -si hablamos de la dictadura colectiva de algunos centenares de individualidades supremamente dotadas no hay combinación de intelectos capaz de abarcar toda la infinita multiplicidad y diversidad de intereses, aspiraciones, deseos y necesidades reales que Constituyen en su totalidad la voluntad colectiva del pueblo; no existe intelecto capaz de proyectar una organización social que pueda satisfacer a todos y cada uno.

Tal organización será siempre un lecho de Procusto en el que la violencia, más o menos sancionada por el Estado forzaría a la desdichada sociedad. Pero este es un viejo sistema de organización, basado sobre la fuerza, que la Revolución Social suprimirá para dar plena libertad a las masas, los grupos, Comunas, asociaciones e individualidades, destruyendo de una vez por todas la causa histórica de toda violencia: la misma existencia del Estado cuya caída supondrá la destrucción de todas las iniquidades del derecho jurídico y de todas las falsedades de los diversos cultos -derechos y cultos que han sido siempre, los canonizadores complacientes, tanto en el terreno ideal como en el real, de toda la violencia representada, garantizada y autorizada por el Estado.
Es evidente que sólo cuando el Estado haya dejado de existir, la humanidad obtendrá su libertad, y que sólo entonces encontrarán su auténtica satisfacción los verdaderos intereses de la sociedad, de todos los grupos, de todas las organizaciones locales y, en consecuencia, de todos los individuos que forman tales organizaciones.

La Libre Organización Seguirá a la Abolición del Estado. La abolición del Estado y de la Iglesia debe ser la condición primera e indispensable para la emancipación efectiva de la sociedad. Sólo después la sociedad podrá y deberá empezar su propia reorganización que, sin embargo, no debe efectuarse de arriba abajo, ni de acuerdo con algún plan ideal proyectado por unos pocos sabios o filósofos, ni mediante decretos promulgados por algún poder dictatorial, o incluso por una Asamblea Nacional u elegida por sufragio universal. Tal sistema, como ya se ha dicho, llevaría inevitablemente a la formación de una aristocracia gubernamental, es decir, a una clase de personas que nada tiene en común con las masas del pueblo; y esta clase volvería con toda certeza a explotar y someter a las masas bajo el pretexto del bienestar común o de la salvación del Estado.

La Libertad debe ir de la Mano con la Igualdad. Soy un partidario convencido de la igualdad económica y social porque sé que, sin esta igualdad, la libertad, la justicia, la dignidad humana, la moral y el bienestar de los individuos, como también la prosperidad de las naciones, no son sino otras tantas falsedades. Pero como soy al mismo tiempo un partidario de la libertad, primera condición de la humanidad, creo que la igualdad debería establecerse en el mundo por la organización espontánea del trabajo y la propiedad colectiva, por la libre organización de las asociaciones de productores en comunas y la libre federación de las comunas -pero de ningún modo mediante la acción suprema y tutelar dcl Estado.

Escrito: s.f., construido de extractos de diversos artículos. Publicación:: G.P. Maximoff (ed.), «The Political Philosophy of Bakunin». The Free Press, NY © 1953 (derechos no renovados). Edición eletrónica: Anarchist Archives; Marxists Internet Archive, 1999.

ATERRIZANDO EN COLOMBIA Y EXAMINANDO LOS   SUPUESTOS DE LA CONSTITUCIÓN DE 1991

LECTURA 3.

CARTA DE DERECHOS  Y DEBERES

El Sentido de una Carta de Derechos

El segundo título  de la Constitución según la reforma propuesta, correspondería a la Carta de Derechos. En las democracias de la posguerra, las normas constitucionales que garantizan Los derechos se han colocado antes de aquellas dedicadas a la distribución de poderes con el fin de resaltar que el Estado existe para servir al ciudadano, para protegerlo y además para promover las condiciones que permitan, a todos, desarrollarse libremente.

La ubicación de la Carta de Derechos representa entonces un cambio en la concepción del Estado. En el documento denominado “Reflexiones para una Nueva Constitución” se describió el significado que tiene para nuestra democracia la consagración expresa de los principales derechos y la creación de mecanismos eficaces para asegurar su protección. A continuación se recogen dichas reflexiones.

“El problema más grave que tiene Colombia en lo concerniente a su vida civilizada es la constante violación de los derechos humanos y el papel determinante que dicha violación tiene en la proliferación de la violencia. Por eso, la Carta de Derechos merece atención prioritaria.

“Además, cuando en la construcción de las instituciones democráticas de Europa del este se considera que lo esencial es reconocer las libertades básicas de los miembros de una comunidad política, cuando en Gran Bretaña y en otros países el gran debate constitucional gira en torno a la adopción de una Carta de Derechos, cuando el tema de los derechos humanos es uno de los principales de la agenda internacional, Colombia debe abordarlo con toda la trascendencia que tiene en la transformación de nuestra democracia.

“La Constitución de 1886 fue tímida en la consagración de derechos. La reforma de 1936 avanzo en este campo e hizo formulaciones que eran audaces para su tiempo, pero que con el transcurso de los años y la aparición de nuevas realidades su contenido se fué quedando corto, razón por la cual hoy puede afirmarse que la Constitución vigente es precaria en la definición de derechos civiles y políticos, en la tutela de derechos sociales y económicos, en el reconocimiento de derechos colectivos y en el establecimiento de los mecanismos necesarios para proteger efectivamente los derechos fundamentales de los individuos.

“Cuando hablamos de derechos, estamos hablando también de poder. Hay quienes sostienen que la principal razón para adoptar una Carta de Derechos es que no hay mejor manera de fortalecer los poderes del ciudadano frente al Estado. Las atribuciones estatales en la era moderna se han vuelto más grandes y penetran en todos los rincones de la vida cotidiana por consiguiente, los individuos se sienten desamparados a merced de la buena voluntad y del justo criterio de las autoridades o, en ocasiones, de su arbitrariedad. Eso no es conveniente ni para la estabilidad de las instituciones ni para el desarrollo autónomo y digno de las personas. Por esta razón, frente al abuso, hay que contraponer la justicia. Es la aplicación de una justicia eficiente la llamada a combatir el desafuero.

“Obviamente, definir en un texto constitucional Los derechos de los colombianos no asegura su efectiva protección. Pero es el primer paso ineludible que hará que los colombianos empiecen a apropiarse de esa Constitución que hoy ven lejana  e ininteligible.  Igualmente, será necesario un completo desarrollo legislativo, tanto en la precisión, amplitud e implicaciones de la formulación sustancial de los derechos, como en lo tocante a los mecanismos necesarios para que ellos tengan vigencia práctica.

“También es muy útil para alcanzar la reconciliación de todos los colombianos. Como dice uno de los considerandos del Decreto 1926, “diversas fuerzas sociales, incluidas aquellas que se encuentran marginadas o que desarrollan actividades contestatarias en ocasiones por fuera de la ley, contribuyendo a la anarquización generalizada de la vida política del país, tendrán en la convocación de la Asamblea Constitucional y en el proceso de reforma para la adopción de nuevos derechos y de mecanismos eficaces para asegurar su protección, una oportunidad de ingresar a la vida democrática institucional, Lo cual es necesario para alcanzar la convivencia pacífica de todos los colombianos”. También los grupos alzados en armas y ven en la posibilidad de consagrar nuevos derechos una oportunidad histórica y por esta razón esta parte de la reforma es esencial para alcanzar la paz. La gente no se sublevará para defender sus derechos cuando sepa que están en la Carta. Los recursos para protegerlos deslegitiman el alzamiento,  aislan a los sublevados. Y a se han quedado sin argumentos. Después de la consagración de una Carta de Derechos eficaz, sus acciones serán aún más irracionales.

“En la génesis de la violencia se encuentra la violación de los derechos fundamentales, En la historia de la sublevación en nuestro país, no es insólito encontrar grupos que se rebelan contra las instituciones, no porque los oriente un propósito de lucha contra el Estado sino, al contrario, porque éste no ha sido capaz de garantizar sus derechos. Se ignora la con­sagración de derechos en la Carta, ya que no existen mecanismos eficaces para lograr su vigencia. El día que esta situación se supere, cuando la Carta de Derechos sea una realidad, estarán abiertos los caminos de la paz. Aún sin la presencia de los grupos armados en el seno de la Asamblea, ésta podrá cumplir su papel pacificador, ya que su objetivo se dirige a la génesis de la sublevación y dejará sin piso a los violentos para enfrentarse al Estado.

“Enumerar y definir expresamente los derechos es además indispensable para que los mecanismos y organismos diseñados para tutelarlos tengan una base sólida y para que los colombianos sepan claramente cuáles son sus derechos y puedan así exigir su cumplimiento.

“En el caso de que se adoptaran nuevos derechos civiles y políticos directamente exigibles por un individuo ante una autoridad judicial, como sucede en otros países latinoamericanos y en democracias europeas, se daría un gran paso en la limitación del ejercicio del poder arbitrario. Se estarán fijando Límites sustanciales a la autoridad, que aún obrando dentro de su órbita de competencia y con buena intención no puede desconocer. A los jueces corresponde principalmente proteger los derechos amenazados o violados, y por lo tanto, una Carta de Derechos, tomada en serio, implica un aumento muy considerable de las responsabilidades del poder judicial. Por esta razón, la posible creación de una Corte Constitucional y la adopción de nuevos recursos judiciales debe ser analizada dentro de esta nueva perspectiva.

“La Carta de Derechos también es un elemento esencial de lo que se ha denominado el Estatuto de la oposición. En la medida en que el individuo está protegido efectivamente de eventuales arbitrariedades o excesos y en que los derechos de las minorías sean garantizados constitucionalmente, el espacio para controversia franca, la crítica abierta, la confrontación de ideas, estará plenamente despejado.

“Por otra parte, Si todavía hay un largo camino por recorrer en cuanto a la protección de éstos y otros derechos tradicionalmente asociados con la democracia, es aún más largo el que debe ser transitado para lograr la vigencia efectiva de los derechos sociales y colectivos.

“Es cierto que en 1936, se dió un significativo paso en este sentido. Sin embargo, las garantías sociales entonces consagradas no han tenido la eficacia esperada. Y los colombianos así lo saben cuando en las encuestas le dan gran importancia a los derechos relacionados con asuntos laborales y a otros que reflejan anhelos de justicia social.

“Se dirá que la Constitución no puede prometer vivienda, salud, educación, comida trabajo y seguridad social a todos los colombianos. Pero es que ese no es  el objetivo. Incluso sería perjudicial para la misma Constitución crear derechos imposibles de cumplir. De lo que se trata es de afrontar el hecho de que la real libertad no puede existir sin seguridad económica e independencia. La superación de las principales necesidades socioeconómicas de los colombianos debe convertirse en un propósito nacional que comprometa no sólo al Estado sino también a los particulares. Para que así sea, la reforma constitucional aprobada por la Asamblea, donde estará representada toda la Nación, debe tener la posibilidad de reconocer formalmente dichas necesidades.

“Además, hay bienes sociales fundamentales que no pueden estar circulando para compraventa en el mercado. Cada sociedad debe decir cuáles son ellos y buscan una forma de evitar que sólo quienes tienen poder y dinero puedan disfrutar de esos bienes sociales. La salud mínima para sobrevivir y compartir una existencia digna con los demás, por ejemplo, no debe ser un privilegio sino un derecho de todos. que el Estado y los particulares deben respetar.

“Estos derechos socioeconómicos y colectivos serian objetivos comunes que el Legislador deberá promover. Con base en ellos, muchas controversias que hoy son vistas simplemente como el enfrentamiento entre intereses se tomarían en debates sobre la forma en que las políticas estatales, al distribuir recursos y beneficiar a ciertos grupos, están respetando valores constitucionalmente protegidos y que, todos reconocemos, tienen la mayor importancia.

“Finalmente, una Carta de Derechos, acompañada de mecanismos para garantizar su cumplimiento tanto por el Estado como por centros privados de poder, podría contribuir significativamente a la creación de una cultura cívica de tolerancia pero también de identificación y defensa activa de los principios esenciales de la convivencia democrática. Como se dijo al instalar la Comisión Preparatoria sobre Derechos Humanos:

“Ser ciudadano es algo que se aprende. En Colombia hemos formado expertos en diferentes especialidades pero nos hemos olvidado del hombre común que debe ser estimulado a asumir activamente su condición de ciudadano. No es un problema de civismo sino de cultura, en el sentido democrático del término. No se trata de que cada colombiano sea constitucionalista sino de que en todos viva un sentimiento de compromiso con los principios fundamentales de la democracia que nos impulse a ser guardianes siempre alerta de la libertad, la justicia y la igualdad”.

Transcrito por GAG del texto publicado por la Presidencia de la República en febrero de 1991.

Santa Rosa de Cabal, agosto 2 de 2010

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8 respuestas a PRESENTACIÓN

  1. huertascar dijo:

    Profesor Gartner bienvenido a la comunidad de bloggeros UTP, le aconsejo que utilice la opción 12 de la lista del editor de contenidos que se llama «Insertar etiqueta mas», esta le permite mostrar en la pagina principal solo una parte del articulo y un enlace para que las personas que le interesen leerlo completo lo puedan hacer, eso facilita la lectura de las diferentes publicaciones que usted haga.

  2. SANDRA dijo:

    Los seres humanos deben ser formados y educados para sentirse parte de una sociedad justa, libre y espontánea en done cada uno cuenta con unos derechos básicos de los cuales nos debemos empapar y defender por encima de todo, buscando siempre vivir de manera digna, basados en reglas ya pautas y creadas por compatriotas pertenecientes a una misma nación; pues ser ciudadano es algo que con el tiempo y a medida que vamos creciendo y madurando vamos formando en nuestra constitución cultural, pues desde muy niños deberían involucrarnos el amor por nuestra patria, además de conocer y estudiar el libro que nos rige a los colombianos. Pues nos hemos enfocado en formar personas en diferentes actividades y especialidades, pero nos hemos olvidado del ser humano como persona democrática que debe estar pendiente de velar por la libertad, la justicia y la igualdad de todos.
    Es fundamental contar con una carta de derechos, que se encargue de expresarlos, defenderlos y cumplirlos, logrando siempre que todos y cada uno de los colombianos contemos con ellos, podamos velar y acogernos a todos aquellas normas y reglas que nos protegen, logrando así la creación de una cultura cívica de tolerancia pero también identificando y defendiendo activamente los principios esenciales de la convivencia democrática.
    Todos los hombres tienen iguales derechos a la libertad, a su prosperidad y a la protección de las leyes.

  3. Oswaldo Rodriguez dijo:

    Me sorprende la velocidad de la vida, en este momento es 5 de diciembre, sin embargo este comentario y el anterior visto apareceran el 6 de diciembre, extranamente…

  4. MARIA EUGENIA ARMIREZ R dijo:

    El contro jusrisdiccional basado en la declaracion de derechos es algo bueno para incorporar en una democracia constitucional. y si lo es que forma debe adquirir ese control?

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